Hombre, Ciencia y Tecnología ISSN: 1028-0871 Vol. 24, No. 1, enero-marzo pp.59-68, 2020

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La CFMA emplea en lo fundamental los mismos criterios de reconocimiento contable que los utilizados para el registro de transacciones mercantiles tradicionales. Es por ello que para el desarrollo de esa etapa se hace necesario puntualizar en el concepto de reconocimiento contable, el cual constituye el proceso de definir qué partidas se incluyen en los informes contables: activo, pasivo, patrimonio, ingreso y gasto, y cuándo, en función del tiempo, es apropiado su inclusión en dichos estados. En resumen, el reconocimiento contable consiste en aceptar, proponer o hacer realidad una transacción. Determinar la cantidad, fecha, clasificación y otras condiciones precedentes en relación con la contabilización de una transacción y, por tanto, asentar en los libros de contabilidad.

Paso I.- Establecer los criterios de reconocimiento de las actividades ambientales a incluir en el Estado de Resultado

En el Estado de Resultado (ER) deben quedar reflejados anualmente los gastos e ingresos de carácter ambiental que se originan, en una serie de subcuentas específicas o análisis que permiten registrar estos elementos y, de esa forma, conocer en qué medida las actividades ambientales influyen en el resultado de la institución. Para definir los criterios generales de reconocimiento se realizó una revisión documental, tomándose como referencia las Normas Específicas de Contabilidad (NEC) No. 11 y 12 (2018), y se efectuó una tormenta de ideas con los expertos y el Consejo de dirección de la Delegación Territorial BANDEC, Guantánamo, para lograr un consenso en los criterios a proponer.

Los gastos ambientales serán aquellos incurridos en el ejercicio cuyo fin sea la protección y mejora del medio ambiente, distinguiendo los gastos de carácter ordinario y aquellos de naturaleza extraordinaria, indicando, en todos los casos, su destino.

Ingresos Ambientales: son un incremento de los recursos económicos de la entidad, relacionados directamente con la gestión ambiental de sus recursos, ya sean provenientes de las ventas de bienes o prestaciones de servicios relacionados con la protección del entorno (expresión monetaria) o por la disminución de gastos motivados por los ahorros obtenidos de una eficiente gestión ambiental.

Paso II.- Establecer los criterios de reconocimiento de las actividades ambientales a incluir en el Balance general

El Balance General (BG), debe informar no solo de la situación actual estricta del patrimonio, sino también de los aspectos complementarios que ayudan a obtener una visión total de las circunstancias en que está inmerso y que pueden alterarlo en el futuro. Por tanto, y con vista de la afirmación anterior, tendría cabida en el balance la información de carácter ambiental que se derivase de circunstancias que pudiesen afectar al patrimonio.

Para definir los criterios generales de reconocimiento, se realiza una revisión documental, tomándose como referencia las NEC No. 11 y 12 (2018), además de efectuarse una tormenta de ideas con los expertos y el personal de la dirección económica de la entidad para lograr un consenso en los criterios a proponerse. A continuación, se definen los criterios de reconocimiento de las actividades ambientales asociadas a ese estado:

Los activos ambientales serán aquellos cuya finalidad principal sea la minimización del impacto ambiental y la protección y mejora del medio ambiente, incluyendo la reducción, prevención o